Sentencia N° 529 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0529, Exp. 11-1204, 10/07/2013
Expediente11-1204
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-07-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, dictó la sentencia N° 847 en la que se declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, DISTRIBUIDORA PROVEAUTO DE VENEZUELA, S.A. La Sala anuló el fallo del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte actora, argumentando que la incomparecencia del demandante a la audiencia de juicio no fue justificada adecuadamente. Se enfatiza que la carga de comparecer a las audiencias recae sobre las partes y que la incomparecencia sin justificación puede llevar a la declaración de desistimiento de la acción.

Extracto de la motiva

Sostiene la recurrente en primer lugar que el fallo impugnado viola la jurisprudencia vinculante y diuturna de esta Sala y de la Sala Constitucional, citando decisiones que en su decir sostienen el criterio de la carga que tienen las partes de comparecer a las audiencias en el proceso laboral venezolano. Indica la recurrente que las referidas sentencias tratan el tema del la incomparecencia de las partes a la audiencia de juicio y establecen la obligación de justificar su incomparecencia por una causa extraña no imputable al obligado, como el caso fortuito, la fuerza mayor, o aquellas eventualidades del quehacer humano que siendo previsibles e incluso evitables, impongan cargas complejas, irregulares al deudor para cumplir con la obligación adquirida y acusa que el Tribunal Primero Superior del Trabajo, no verificó las condiciones pautadas en la jurisprudencia antes mencionadas sobre las consecuencias y el efecto liberatorio de una causa extraña eximente de la responsabilidad para comparecer a la audiencia, cuya valoración y apreciación será de la libre soberanía del Juez, pero siempre ajustando y fundamentando su decisión en las pautas delineadas por la Sala.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación de la parte demandada, DISTRIBUIDORA PROVEAUTO DE VENEZUELA, S.A., y en consecuencia ANULA el fallo de fecha 27 de julio de 2011 dictado por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, SEGUNDO: Concluye que la representación de la parte actora no justificó su incomparecencia a la audiencia de juicio fijada para el 06 de agosto de 2007, y TERCERO: DESISTIDO el procedimiento.

Palabras clave

control de la legalidadincomparecenciaaudiencia de juicioderecho a la defensajurisprudencia vinculante

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