Sentencia N° 528 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de mayo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0528, Exp. 11-319, 12/05/2011
Expediente11-319
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-05-12
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, el Instituto Autónomo Hospital Universitario de Caracas, contra una sentencia de alzada que había declarado parcialmente con lugar la demanda de la ciudadana Reyes María Sanz de Vaamondez. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que la sentencia recurrida no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer del recurso. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso propuesto.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte demandada recurrente que el sentenciador de alzada infringió los artículos 10, 69 y 152 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República, que consagran el derecho a una tutela judicial efectiva, la garantía del debido proceso y el derecho a la defensa, al haber vulnerado el principio de comunidad de la prueba y no haber analizado, apreciado o valorado la pruebas legalmente incorporadas al proceso.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 15 de diciembre del año 2010 emanada del Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
control de la legalidadsentenciaderecho a la defensatutela judicial efectivaproceso laboral