Sentencia N° 526 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0526, Exp. 17-969, 29/06/2018
Expediente17-969
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2018-06-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social se pronunció sobre el recurso de hecho interpuesto por la abogada Mariann Salem Pérez, en representación de las sociedades AGRO HANDEL EN FINANCIEN CV y BAYWOOD TRADING CV, contra un auto del Juzgado Superior Primero Agrario que declaró improcedente el anuncio del recurso de casación. La Sala determinó que la decisión del juez superior era interlocutoria y no susceptible de revisión mediante recurso de casación, ya que no ponía fin al juicio ni se pronunciaba sobre el fondo de las pretensiones de las partes.
Extracto de la motiva
En virtud de las consideraciones expuestas, observa esta Sala que no se encuentran dados los extremos de ley a fin de resultar procedente lo pretendido por el recurrente mediante el ejercicio del recurso de hecho en virtud de la negativa del Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas ante el anuncio del recurso de casación efectuado en fecha 13 de octubre de 2017, ello por cuanto no existe en el ordenamiento jurídico que rige la materia el marco jurídico dentro del cual se hace susceptible la revisión requerida. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por la abogada Mariann Salem Pérez, actuando en su carácter de apoderada judicial de las demandantes, las sociedades mercantiles AGRO HANDEL EN FINANCIEN CV y BAYWOOD TRADING CV contra el auto dictado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16 de octubre de 2017. SEGUNDO: FIRME el pronunciamiento de fecha 16 de octubre de 2017 dictado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el cual declaró improcedente el anuncio del recurso de casación ejercido.