Sentencia N° 526 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de mayo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0526, Exp. 11-467, 12/05/2011
Expediente11-467
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2011-05-12
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Carabobo. La decisión se basa en que el recurso fue presentado fuera del plazo establecido, ya que la sentencia recurrida fue publicada el 2 de febrero de 2011 y el recurso fue interpuesto el 21 de febrero de 2011, superando el término de cinco días hábiles para su presentación.

Extracto de la motiva

Conviene observar que, siendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma contenida en el artículo 178 de la Ley Adjetiva Laboral; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Dispone además la citada norma que el mencionado recurso deberá ser propuesto dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo de que se trate. En el caso concreto se observa que la sentencia recurrida fue publicada el 2 de febrero de 2011, y que el presente recurso fue interpuesto el día 21 de febrero de 2011. Ahora, según auto de fecha 21 de marzo de 2011, emanado del Juzgado de alzada, los cinco (5) días hábiles con que contaba la recurrente para proponer el recurso, vencieron el día 10 de febrero de 2011, por lo que resulta evidente la extemporaneidad de dicho recurso. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.

Palabras clave

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