Sentencia N° 524 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0524, Exp. 08-177, 22/04/2008
Expediente08-177
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La decisión se basa en la falta de violación de normas de orden público y la doctrina jurisprudencial. Se argumenta que la parte recurrente no cumplió con la carga de prueba sobre la supuesta distorsión salarial.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Así mismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social, a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En primer término, argumenta la impugnante como razón que motiva la interposición de su recurso, la violación del artículo 49, Numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al condenar la recurrida unas cantidades de dinero sin soportar su decisión con medio probatorio alguno. En segundo lugar, se acusa la transgresión de la doctrina jurisprudencial de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en razón que el “presente caso versa sobre excesos legales, en virtud de que la demandante alega una supuesta distorsión salarial, por lo tanto, es ella quien tenía la carga de probar en que (sic) consistía tal distorsión y los criterios justificadores de la misma, siendo que siempre devengó un salario muy superior al mínimo”. A tal efecto, señala las decisiones recaídas en el caso de José Alexis Bravo León contra Dipocosa de fecha 02-07-2004 con ponencia del Magistrado Omar Mora Díaz y el caso de M. Cacique contra C.A. Editora El Nacional de fecha 27-10-2004. Finalmente agrega que “La Doctrina Jurisprudencial ha dejado claro de manera pacífica y reiterada, que el demandante debe probar los excesos legales o especiales peticionados que pudieran incidir sobre las prestaciones sociales, siendo que no basta alegar en el libelo, sino que, además debe probarse, para que pueda decidirse a su favor, pues se está pretendiendo circunstancias distintas a las pactadas.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 13 de diciembre de 2007, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la índole de la actual decisión.
Palabras clave
cobro de diferencia salarialprestaciones socialescontrol de la legalidadexcesos legalesdoctrina jurisprudencialinadmisiibilidadcarga de prueba