Sentencia N° 52 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de noviembre de 2020

TSJ/SCS, Sent. N° 052, Exp. 20-015, 18/11/2020
Expediente20-015
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2020-11-18
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, ADP PUBLICIDAD C.A., contra una sentencia del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La decisión se basa en que la cuantía de la demanda excedía el monto requerido para acceder a casación, lo que imposibilitaba el recurso de control de la legalidad. Se concluyó que la demanda interpuesta cumplía con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

motivar su decisión. De igual manera, estará sujeto a multa el recurrente que interponga el recurso maliciosamente, hasta un monto máximo equivalente a ciento veinticinco unidades tributarias (125 U.T.). En este último caso, el auto será motivado. Si el recurrente no pagare la multa dentro del lapso de tres (3) días, sufrirá arresto en jefatura civil de quince (15) días. (Resaltado por la Sala). De la norma supra transcrita se concluye entre otras cosas, que esta Sala podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación; sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. Ahora bien, con respecto a la cuantía del juicio, la Sala Constitucional de este alto Tribunal, en sentencia N° 1.573, de fecha 12 de julio de 2005 (caso: Carbonell Thielsen, C.A.), con carácter vinculante, estableció: En tal sentido, esta Sala en aras de preservar la seguridad jurídica, la tutela judicial efectiva y el debido proceso, establece que la cuantía necesaria para acceder a casación, debe ser la

Dispositiva

Declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por los apoderados judiciales de la parte demandada, ADP PUBLICIDAD C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 5 de diciembre del año 2019.

Palabras clave

casacióncontrol de la legalidadcuantíatrabajotribunales

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