Sentencia N° 52 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de febrero de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0052, Exp. 09-1555, 12/02/2010
Expediente09-1555
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-02-12
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala argumentó que el juez de la decisión recurrida no incurrió en violaciones de orden público ni en transgresiones a la legalidad, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Se enfatizó la importancia de preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral y la protección de los derechos de los trabajadores.

Extracto de la motiva

Alega el recurrente, que el Juez de la recurrida incurrió en violación de orden público al dejar de aplicar los principios constitucionales, consagrados en el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde establece que el trabajo como hecho social, y su protección la ejerce el Estado fundando su actuación en principios rectores como es que en las relaciones laborales prive la realidad sobre las formas o apariencias, buscando la protección del trabajador, pero nunca perjudicando al patrimonio público; denuncian que violentó lo previsto en el artículo 170 ordinal 1° y los artículos 510 y 255 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 2°, 5° y 6° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sobre el efecto surgido de las transacciones laborales firmadas por los actores, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por la cual la recurrida no incurre en violaciones del orden legal establecido, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 11 de noviembre de 2009. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los fines de que sea enviado al Juzgado correspondiente. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionestrabajojurisprudenciaadmisibilidadorden público

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