Sentencia N° 517 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de junio de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0517, Exp. 14-1263, 19/06/2017
Expediente14-1263
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-06-19
DecisiónPERECIDO

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Rafael Ángel Abad contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala determinó que el tercero interviniente no presentó el escrito de formalización del recurso dentro del lapso establecido, lo que llevó a declarar perecido el recurso de casación. Se condenó en costas al tercero interviniente, conforme a la ley.

Extracto de la motiva

La norma supra transcrita establece la carga procesal de la parte recurrente de consignar un escrito razonado, dentro del lapso de veinte (20) días consecutivos, que comenzará a correr desde el día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días que se otorgan para efectuar el anuncio, en el caso de ser admitido el recurso de casación, o bien el día hábil siguiente al de la declaratoria con lugar del recurso de hecho. Tal circunstancia obedece a las formalidades propias del recurso de casación, que al constituir un medio de impugnación, debe ser fundamentado por la parte recurrente a través de un escrito que contenga los argumentos que, a su juicio, justifiquen la nulidad del fallo recurrido, y que en materia de protección de niños, niñas y adolescentes, no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, sin más formalidades, a tenor de lo dispuesto en el artículo 489-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial del tercero interviniente ciudadano RAFAEL ÁNGEL ABAD, contra la sentencia de fecha 31 de julio de 2014, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.

Palabras clave

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