Sentencia N° 510 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 510, Exp. 03-490, 04/06/2004
Expediente03-490
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2004-06-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social, en su Sala Especial Agraria, decide sobre la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto por el Instituto Agrario Nacional contra una sentencia que declaró inadmisible por extemporánea la recusación presentada. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil, que establece que no se oirá recurso contra las providencias o sentencias dictadas en la incidencia de recusación e inhibición. Por lo tanto, se declara inadmisible el recurso de apelación.
Extracto de la motiva
Observa la Sala que a la luz de la norma antes transcrita, no es posible la interposición de recurso alguno contra las sentencias que se dicten en relación a la incidencia de recusación, como lo es la del caso que nos ocupa, en la cual el Tribunal Superior declaró inadmisible por extemporánea la recusación que le fuera presentada por el apoderado judicial de la parte demandada; por lo que forzoso es para esta Sala declarar la inadmisibilidad del presente recurso de apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 11 de abril del año 2003 por el Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo.
Palabras clave
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