Sentencia N° 51 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de marzo de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 051, Exp. 21-137, 23/03/2022
Expediente21-137
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2022-03-23
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Jorge Luis Silva Arteaga contra la decisión del Juzgado Superior Agrario de Cojedes, que declaró sin lugar el recurso de nulidad. Se determinó que el recurso de apelación fue presentado extemporáneamente, ya que el plazo de cinco días hábiles para interponerlo había vencido.
Extracto de la motiva
motivaciones precedentemente, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el ciudadano JORGE LUIS SILVA ARTEAGA, parte actora, debidamente asistido por abogado, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el 16 de diciembre de 2020, que declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto; SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el aludido tribunal el 7 de julio de 2021, por medio del cual oyó en ambos efectos el recurso de apelación ejercido y; TERCERO: SE REVOCAN los autos dictados por esta Sala de Casación Social en fechas 7 y 15 de febrero de 2022, en los que se procedió a dar la tramitación del procedimiento de segunda instancia. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas.
Dispositiva
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido por el ciudadano JORGE LUIS SILVA ARTEAGA, parte actora, debidamente asistido por abogado, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el 16 de diciembre de 2020, que declaró sin lugar el recurso de nulidad interpuesto; SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado por el aludido tribunal el 7 de julio de 2021, por medio del cual oyó en ambos efectos el recurso de apelación ejercido y; TERCERO: SE REVOCAN los autos dictados por esta Sala de Casación Social en fechas 7 y 15 de febrero de 2022.