Sentencia N° 499 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de junio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0499, Exp. 16-804, 12/06/2017
Expediente16-804
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-06-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, decidió declarar sin lugar el recurso de casación interpuesto por los codemandados contra la sentencia del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Mérida. La decisión de alzada había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, reponiendo la causa al estado de fijar nueva audiencia de juicio debido a irregularidades en la evacuación de pruebas testimoniales.
Extracto de la motiva
Ha sido criterio de esta Sala que el error de interpretación se verifica cuando el juez, aun reconociendo la existencia y validez de la norma apropiada al caso, yerra al interpretar su alcance general y abstracto haciendo derivar de ella consecuencias que no concuerdan con su contenido. Por lo tanto, deberá -al invocarse la existencia del vicio de errónea interpretación- precisarse cuál sería la correcta exégesis de la norma acusada como infringida. No obstante la Sala infiere que la intención de los recurrentes es denunciar la infracción de los artículos 450 y 484 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por error de interpretación de los mismos, en virtud de la reposición mal decretada -al entender de los codemandados-, en razón que no se podía “escuchar la declaración de los testigos no indicados por la parte demandante en el debate probatorio”.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por los codemandados ciudadanos Mónica Lorena Celis González, Néstor Alejandro Celis González, Sonia Andreina Celis González y Adriana Luisa Celis González, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, el 8 de agosto de 2016. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada.
Palabras clave
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