Sentencia N° 495 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0495, Exp. 15-1427, 17/05/2016
Expediente15-1427
PonenteEdgar Gavidia Rodríguez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Rodolfo José Marcano Morales contra una decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas. El recurrente alegó que la decisión violaba su derecho a la defensa y el orden público laboral, al no considerar salarios caídos derivados de una orden de reenganche. Sin embargo, la Sala concluyó que la decisión impugnada no infringía normas de orden público laboral, resultando en la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por los Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, contra la sentencia publicada el 5 de noviembre de 2015, por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

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