Sentencia N° 494 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de mayo de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0494, Exp. 09-1588, 21/05/2010
Expediente09-1588
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-05-21
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada en un juicio de estimación e intimación de honorarios profesionales. La sentencia de alzada había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado el fallo del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario que había declarado con lugar el derecho al cobro de honorarios. La Sala determinó que el recurso de casación no fue formalizado dentro del lapso legal, lo que llevó a declarar perecido el mismo.
Extracto de la motiva
En este orden de ideas, tal y como se expuso supra, la presentación extemporánea de la formalización debe equipararse a su ausencia, pues la intempestividad de dicho escrito evita que el mismo produzca los efectos que la ley le atribuye. Ello es coherente con el principio de la preclusión de los lapsos procesales, según el cual los actos deben practicarse dentro de los lapsos establecidos por la ley, para que produzcan sus efectos jurídicos, pues el proceso está dividido en etapas, y cada una de ellas implica la clausura de la anterior, sin posibilidad de renovarla. Por lo tanto, si la formalización no es consignada dentro del lapso legalmente previsto, la consecuencia será la perención del recurso, de conformidad con el artículo 325 de la ley procesal civil, sin que sea necesario abrir los lapsos siguientes.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión publicada el 30 de noviembre de 2009, por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Dada la naturaleza del fallo, se condena en costas a la parte demandada en lo que respecta al ejercicio del presente recurso.
Palabras clave
recurso de casaciónperenciónformalizaciónlapsos procesalesLey de TierrasCódigo de Procedimiento Civil