Sentencia N° 494 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0494, Exp. 05-227, 10/05/2005
Expediente05-227
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-05-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, BP Exploración de Venezuela S.A., contra la sentencia del Tribunal Superior Laboral. La Sala examinó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que no se cumplían los extremos de ley requeridos, lo que llevó a declarar el recurso inadmisible.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla, como medio de impugnación excepcional, el recurso de control de la legalidad, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueren recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de la mencionada Sala de Casación, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además de ello, la admisión del recurso in commento exige que se verifique la oportunidad de su interposición, pues la referida Ley establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión, para el ejercicio del recurso de control de la legalidad; asimismo, la extensión del escrito no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Adicionalmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por el apoderado judicial de la parte demandada, sociedad BP EXPLORACIÓN DE VENEZUELA S.A., contra la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2004, emanada del Tribunal Superior Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado Segundo de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que oyó la apelación interpuesta contra la sentencia dictada por el suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Segundo Circuito de la referida Circunscripción Judicial.

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