Sentencia N° 490 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2019
TSJ/SCS, Sent. N° 0490, Exp. 19-232, 16/12/2019
Expediente19-232
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2019-12-16
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de control de la legalidad interpuesto por Coca-Cola Femsa S.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Nueva Esparta. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que las decisiones sobre regulación de competencia no son objeto de recurso extraordinario. Se enfatizó que el recurso de control de la legalidad es excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
Ahora bien, siendo el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y/o, 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa. En el caso bajo estudio, aprecia la Sala que la decisión contra la cual se recurre es una sentencia interlocutoria emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, con sede en la Asunción, que decidió sobre el recurso de regulación de la competencia planteado por el tercer interesado Coca-Cola Femsa S.A. Al respecto, ha sido criterio pacífico y reiterado de esta Sala, que las decisiones emanadas de los Juzgados Superiores que resuelven las regulaciones de la competencia, no son objeto de recurso extraordinario alguno, pues, la decisión es atributiva de competencia y pone fin al conflicto surgido, causando cosa juzgada formal, en relación con la determinación del Juzgado competente.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA S.A; contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, con sede en la Asunción, de fecha 1 de julio 2019.
Palabras clave
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