Sentencia N° 490 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de mayo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0490, Exp. 10-1575, 05/05/2011
Expediente10-1575
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-05-05
DecisiónADMITE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Jesús Nieves contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Lara. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisión del recurso, considerando que no fue interpuesto maliciosamente y que existen motivos racionales para su interposición.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 24 de noviembre del año 2010, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso.
Palabras clave
recursocontrol de la legalidadsentenciatrabajoprocedimientojusticia