Sentencia N° 49 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 49, Exp. 01-679, 05/02/2002
Expediente01-679
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-05
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Portuguesa. El recurso fue declarado perecido debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido por la ley, que venció el 25 de noviembre de 2001.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha dieciocho (18) de julio del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano DOUGLAS ARGIMIRO GUEDEZ PEÑA contra la sociedad mercantil CONSORCIO ALIMENTICIO VENEZOLANO CONAVENCA, C.A.

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha dieciocho (18) de julio del año 2001.

Palabras clave

recurso de casacionprestaciones socialescobrolaboraljurisdiccionprocedimiento civil

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