Sentencia N° 489 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de julio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0489, Exp. 14-1650, 16/07/2015
Expediente14-1650
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-07-16
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la sociedad mercantil Laboratorios Biopas, S.A., contra el auto que negó el recurso de casación interpuesto. La decisión se basa en que las pretensiones individuales de los demandantes no superan la cuantía mínima exigida para acceder al recurso de casación, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

Dado que en el presente caso la pretensión libelar estimada de la demandante JESSICA ALEXANDRA RONDON RODRIGUEZ, globaliza la cantidad de DOSCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 207.364,78) y igualmente del litis consorte DANIEL ALBERTO RODRIGUEZ GUATUME, alcanza la suma de CIENTO CATORCE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 114.178,98), cantidades que individualmente no superan la cuantía requerida, para recurrir en Casación, pues, el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, textualmente expresa: “...El recurso de casación puede proponerse: 1. Contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.)...”, en consecuencia, este juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en estricta sujeción a la norma in commento, niega el Recurso de Casación propuesto por el apoderado judicial de la parte recurrente sociedad mercantil LABORATORIOS BIOPAS, S.A.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho propuesto por la sociedad mercantil Laboratorios Biopas, S.A., contra el auto dictado el día 4 de noviembre de 2014, que negó el recurso de casación interpuesto contra el fallo de fecha 27 de octubre del mismo año, dictados ambos por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Se condena en costas a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 59 y 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recurso de casacióncuantíalitisconsorciopretensionesderecho laboralinadmisibilidad

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