Sentencia N° 488 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de junio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0488, Exp. 16-1012, 08/06/2017
Expediente16-1012
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-06-08
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Edito Salomón Martínez Hernández, quien había apelado una decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo del estado Bolívar. La Sala determinó que la sentencia contra la cual se recurre no era impugnable en casación, cumpliendo así con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. Conforme a lo señalado, para que proceda la admisibilidad del recurso de control de la legalidad, es necesario el cumplimiento de los requisitos legales antes expuestos, y entre ellos se encuentra, que la sentencia contra la cual se recurre no sea impugnable en casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora EDITO SALOMÓN MARTÍNEZ HERNÁNDEZ contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, de fecha 20 de octubre de 2016. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la decisión.