Sentencia N° 487 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 487, Exp. 22-374, 30/10/2024
Expediente22-374
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-10-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de hecho interpuesto por la parte demandante contra la decisión del Juzgado Superior Agrario que declaró inadmisible el recurso de casación. La Sala determinó que la decisión recurrida era ajustada a derecho, ya que la parte recurrente no cumplió con el requisito de la cuantía necesaria para la admisibilidad del recurso de casación. En consecuencia, se declaró sin lugar el recurso de hecho y se confirmó la sentencia recurrida.

Extracto de la motiva

motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por los ciudadanos LUIS BELTRÁN NATERA BARRIOS, JORGE LUIS NATERA BARRIOS, ALFREDO RAFAEL NATERA BARRIOS y JUAN CRISTÓBAL NATERA BARRIOS, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia Transitoria en el estado Delta Amacuro, con sede en Maturín, en fecha 24 de octubre de 2022, en la cual declaró inadmisible el recurso de casación. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 242 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se condena en costas del recurso a la parte recurrente de hecho. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de la causa.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por los ciudadanos LUIS BELTRÁN NATERA BARRIOS, JORGE LUIS NATERA BARRIOS, ALFREDO RAFAEL NATERA BARRIOS y JUAN CRISTÓBAL NATERA BARRIOS, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia Transitoria en el estado Delta Amacuro, con sede en Maturín, en fecha 24 de octubre de 2022, en la cual declaró inadmisible el recurso de casación. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida.

Palabras clave

recurso de hechodecisión judicialcostasprocedimiento civilley de tierras

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