Sentencia N° 486 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0486, Exp. 15-766, 17/05/2016
Expediente15-766
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil RESOMERCA, C.A. contra una providencia administrativa que impuso una multa por infracciones a la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. La sentencia de primera instancia había declarado parcialmente con lugar la demanda de nulidad. La Sala, tras analizar los argumentos de la parte recurrente, determinó que no se configuraron los vicios alegados y, por tanto, declaró sin lugar el recurso de apelación, confirmando la providencia administrativa impugnada, aunque revocó la modificación de la multa impuesta.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de apelación, consideró que los vicios alegados por la parte recurrente no eran procedentes. Se destacó que la administración había actuado conforme a derecho al imponer la multa, y que la parte demandante no cumplió con las obligaciones establecidas en las inspecciones realizadas. La Sala también hizo énfasis en la importancia de la congruencia en las decisiones judiciales, señalando que el juez no debe pronunciarse sobre aspectos que no fueron solicitados por las partes. Finalmente, se concluyó que la providencia administrativa era válida y que la multa debía ajustarse a lo establecido por la ley.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil RESOMERCA, C.A., contra la sentencia de fecha 19 de diciembre de 2014, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; SEGUNDO: PROCEDENTE la consulta; TERCERO: REVOCA la sentencia en lo relativo a la modificación de la multa, CONFIRMANDO el resto de los pronunciamientos; y CUARTO: queda FIRME la Providencia Administrativa signada con el alfanumérico PA-US/MER-0005-2013 de fecha 21 de marzo de 2013, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Mérida (DIRESAT), actualmente Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores Mérida (GERESAT) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).

Palabras clave

nulidadmultascontencioso administrativosalud laboral

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