Sentencia N° 484 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0484, Exp. 07-241, 15/03/2007
Expediente07-241
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-15
DecisiónADMITE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por William Armando Revete García, en contra de una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. El recurrente alegó violaciones al derecho a la defensa y al debido proceso, argumentando que no tuvo acceso al expediente para conocer la fecha de la audiencia oral. La Sala consideró que el recurso no fue intentado maliciosamente y que existían motivos para su interposición, por lo que decidió admitirlo.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, que él Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los tribunales superiores del trabajo, que aun y cuando no fueren recurribles en casación, sin embargo violenten o amanecen con violentar normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso bajo análisis, luego de hacer un resumen del proceso, el recurrente señala que el ad quem violentó el derecho a la defensa y al debido proceso e infringió los artículos 1, 5 y 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 15 y 198 del Código de Procedimiento Civil; al respecto, alega que no pudo acceder al expediente para estar en conocimiento cierto de la fecha en que se realizaría la audiencia oral, a los fines de ejercer las defensas en que se fundamentaba la apelación. Al respecto, expone que la juez de la recurrida, mediante auto del día viernes 24 de noviembre de 2006, dejó constancia de la recepción del expediente y fijó el 28 del mismo mes y año, para celebrar la audiencia oral; agrega que no pudo obtener información en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), ni acceso al expediente los días 27 y 28 de noviembre de 2006, por estar en “poder del Tribunal”, lo cual le hizo suponer que se estaba tramitando la expedición de las copias certificadas solicitadas para sustentar su apelación.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano William Armando Revete García, contra la sentencia del 6 de diciembre de 2006, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr el lapso de veinte (20) días calendario consecutivos, para que la parte demandante consigne la contestación del recurso, y una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para la audiencia oral, pública y contradictoria.
Palabras clave
control de la legalidadderecho a la defensadebido procesoaudiencia oralLey Orgánica Procesal del Trabajosentenciarecursojurisprudencia