Sentencia N° 484 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0484, Exp. 05-1011, 10/03/2006
Expediente05-1011
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión de alzada. Se argumentó que la sentencia impugnada violaba el principio de reformatio in peius y era contraria a la jurisprudencia de la Sala, al no considerar adecuadamente las pruebas presentadas. Sin embargo, tras el análisis de los elementos sustanciales, la Sala concluyó que la decisión se ajustaba a derecho y no se evidenciaron violaciones a normas de orden público.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso concreto, denuncia el recurrente que la sentencia impugnada viola principio de la reformatio in peius por cuanto el Tribunal ad quem, se pronunció sobre un punto controvertido en primera instancia, que no le fue deferido para su conocimiento, dada que fue resuelto definitivamente por el Tribunal a quo, en vista que el actor se abstuvo de ejercer el recurso de apelación, y en consecuencia, se conformó con lo decidido. De la misma manera delata, que la sentencia en estudio es contraria a la jusrisprudencia reiterada por esta Sala de Casación Social, en virtud que no hace mención las preguntas formuladas por las partes y las respuestas de los testigos, y en tal sentido, fallo resulta inmotivado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en San Carlos, en fecha 02 de mayo de 2005. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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