Sentencia N° 482 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0482, Exp. 16-133, 17/05/2016
Expediente16-133
PonenteJESUS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónDesistido
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil COVENCAUCHOS INDUSTRIAS, S.A. contra una decisión del Tribunal Superior Segundo del Trabajo del estado Lara que declaró sin lugar la demanda de nulidad de actos administrativos. La Sala determinó que la parte apelante no presentó el escrito de fundamentación requerido dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, lo que llevó a declarar desistido el recurso de apelación y firme el acto administrativo recurrido.
Extracto de la motiva
El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispone lo siguiente: Artículo 92. Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación. Del dispositivo legal transcrito, se desprende la carga procesal que el legislador impone a la parte apelante de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil COVENCAUCHOS INDUSTRIAS, S.A., contra la decisión proferida por Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 08 de octubre de 2015, y en consecuencia, firme el fallo apelado.
Palabras clave
apelacióndesistimientoactos administrativosjurisdicción contencioso administrativa