Sentencia N° 48 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de abril de 2024
TSJ/SCS, Sent. N° 048, Exp. 23-316, 09/04/2024
Expediente23-316
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2024-04-09
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Edgar Alexander Moreno Morales contra una sentencia del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Táchira. La decisión apelada había declarado con lugar el recurso de apelación de la demandada, condenando al demandante al pago de una obligación de manutención. El tribunal argumentó que el recurso no cumplía con los fines establecidos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
motivar la decisión. Respecto al recurso enunciado, esta Sala en sentencia Nº 096 de fecha 8 de febrero de 2011, caso: María Eugenia Sosa Von Jess y otros contra Adriana Barresi en nombre de su menor hija, expresó que por cuanto el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es de idéntico contenido a lo dispuesto en el artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se estima aplicable a este último la interpretación que del primero se efectuó mediante decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, caso: Antonio del Valle Lira Méndez contra Baker Hughes, S.R.L., conforme a la cual se estableció que atendiendo a la potestad discrecional conferida por el aludido artículo 178, le corresponde a esta Sala restringir la admisibilidad de dicho medio de impugnación, limitándola a situaciones en las cuales la violación o amenaza sea de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión, por tratarse de quebrantamientos categóricos del orden legal establecido.
Dispositiva
Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano EDGAR ALEXANDER MORENO MORALES, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, dictada el 8 de mayo de 2023, la cual queda FIRME.