Sentencia N° 479 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0479, Exp. 04-1485, 10/05/2005
Expediente04-1485
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-05-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el tercero opositor, Humberto Jhonny Quintero, contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala determinó que la sentencia recurrida no resolvía puntos esenciales no controvertidos en juicio y no modificaba lo decidido, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Además, se impuso una multa al recurrente por interposición maliciosa del recurso.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en sentencia N° 505 de fecha 30 de julio de 2003, expresó que “a los autos en ejecución de sentencia se le otorgará excepcionalmente, por aplicación extensiva del ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de control de la legalidad, cuando estos resuelvan puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni decididos en él, o que provean contra lo ejecutoriado o modifiquen de manera sustancial lo decidido, siempre que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios y que se trate de actos que violen o amenacen con violentar alguna norma de orden público, o resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social.” En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó normas de orden público contraviniendo lo establecido en los artículos 12, 546 y ordinales 3°, 4° y 5° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, al no considerar un documento notariado prueba suficiente para demostrar la propiedad del inmueble objeto del embargo y no respetar su derecho como tercero poseedor, lo cual luego de un examen exhaustivo, observa esta Sala que la recurrida es un auto en ejecución de sentencia que no resuelve puntos esenciales no controvertidos en juicio, ni provee contra lo ejecutoriado, ni modifica de manera sustancial lo decidido, razón por la cual de conformidad con la jurisprudencia anteriormente mencionada, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de 22 de septiembre de 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Se impone al recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas.

Palabras clave

cobro de prestacionescontrol de la legalidadembargosentenciarecursosjurisprudenciamultas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca