Sentencia N° 476 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0476, Exp. 04-725, 10/05/2005
Expediente04-725
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-05-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio de indemnización por daño moral. La decisión de primera instancia fue confirmada por el Tribunal de alzada, aunque por diferentes motivos, y se determinó que la parte demandada no agotó los recursos ordinarios establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso. Además, se impuso una multa de veinte unidades tributarias al recurrente por interposición maliciosa del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prevé que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En el caso concreto, la parte recurrente alega que el Tribunal ad quem, conociendo en apelación, negó la procedencia de la acumulación de varios juicios solicitada, confirmando la decisión de primera instancia, en contravención con el criterio establecido por esta Sala de Casación Social en sentencias de fecha 8 de octubre de 2002, 5 de diciembre de 2002 y 25 de marzo de 2004. Ahora bien, el artículo 80 del Código de Procedimiento Civil dispone que: “Si un mismo Tribunal conociere de ambas causas, la acumulación podrá acordarse a solicitud de parte, con examen de ambos autos, en el plazo de cinco días a contar de la solicitud. La decisión que se dicte será impugnable mediante la solicitud de la regulación de la competencia”. Sin embargo, la parte demandada interpuso, contra la decisión que negó la acumulación de pretensiones solicitada recurso ordinario de apelación, siendo que la misma era impugnable, únicamente, mediante la solicitud de regulación de la competencia, conforme a la citada disposición legal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 12 de mayo de 2004. Se impone al recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio de Finanzas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la causa en primera instancia, es decir, al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la continuación del procedimiento.
Palabras clave
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