Sentencia N° 474 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0474, Exp. 05-699, 10/03/2006
Expediente05-699
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La decisión se basa en que el recurso fue presentado fuera del lapso legal establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que es de cinco días hábiles contados a partir de la publicación de la sentencia. La Sala resalta la importancia del principio de preclusividad en el derecho adjetivo, indicando que los actos procesales deben realizarse en el tiempo legalmente establecido.

Extracto de la motiva

En consecuencia, al haber transcurrido el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del fallo recurrido, sin que se ejerciera el recurso de control de la legalidad, debe esta Sala declararlo inadmisible, en virtud de que el mismo no cumplió con el presupuesto de tiempo contenido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 30 de marzo de 2005, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes identificado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de legalidadinadmisibilidadpreclusividadrecursos laboralesLey Orgánica Procesal del Trabajosentenciajuzgado superiorderecho adjetivo

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