Sentencia N° 473 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0473, Exp. 06-2202, 15/04/2008
Expediente06-2202
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-04-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social dictó sentencia en relación a un avocamiento solicitado, declarando que no se cumplen los requisitos necesarios para su procedencia. Se argumenta que el proceso es fundamental para la justicia y que deben observarse las reglas del procedimiento, salvo casos excepcionales. La Sala revoca el avocamiento y ordena remitir el expediente al Juzgado de Primera Instancia de origen para que continúe con el proceso.
Extracto de la motiva
En consecuencia, al no haber sido posible la mediación en esta Sala y al no estar dados todos los requisitos necesarios para el avocamiento en este expediente, pues no se trata de un caso de manifiesta injusticia, ni de un asunto que rebase el interés privado involucrado, tampoco existen trastornos procesales graves de particular trascendencia o que no permitan garantizar a las partes el equilibrio de sus pretensiones; y con la finalidad de garantizar a las partes el derecho a la doble instancia como expresión del principio del debido proceso y el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, se REVOCA el avocamiento con respecto a la presente causa y se ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia de origen antes identificado, para que prosiga la causa en el estado en que se encuentra, una vez que conste en autos la última de las notificaciones que de esta decisión haga a las partes.
Dispositiva
Se REVOCA el avocamiento con respecto a la presente causa y se ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia de origen antes identificado, para que prosiga la causa en el estado en que se encuentra, una vez que conste en autos la última de las notificaciones que de esta decisión haga a las partes.