Sentencia N° 472 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 472, Exp. 01-661, 09/08/2002
Expediente01-661
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-08-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, revoca el fallo del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales interpuesta por Gonzalo Franceschi Ayala contra el Banco de Venezuela S.A.C.A. La Sala establece que la recurrida no aplicó correctamente las normas sobre carga de la prueba y valoración de pruebas documentales, lo que llevó a una incorrecta determinación de las remuneraciones del demandante. Se concluye que el demandante devengaba una remuneración adicional en dólares, lo que debe ser considerado para el cálculo de sus prestaciones.

Extracto de la motiva

Es criterio de la Sala, ya reiterado, que la Constitución vigente da prioridad a la resolución de la controversia y que en acatamiento a sus principios que ordenan no sacrificar la justicia por la omisión de formalidades no esenciales, evitando dilaciones indebidas y reposiciones inútiles, no declarando la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia formal que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, no hace imposible su eventual ejecución o no viola el derecho de las partes a una justa resolución de la litis, todo lo cual la autoriza para determinar en cada caso concreto cual sea el orden de decisión que mejor sirva a los fines de una más efectiva justicia; y con fundamento así mismo en el artículo 20 del Código de Procedimiento Civil, la Sala desaplica la regla legal del artículo 320 eiusdem que obliga en primer término y en forma excluyente a resolver el recurso de forma.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el presente recurso, revoca el fallo recurrido, y ordena al Superior competente dictar nueva sentencia acogiéndose a la doctrina establecida en este fallo.

Palabras clave

prestaciones socialescobro de diferenciasremuneracióncarga de la pruebainfracción de leydocumento misivosentencia laboral

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