Sentencia N° 470 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2019

TSJ/SCS, Sent. N° 0470, Exp. 18-566, 13/12/2019
Expediente18-566
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2019-12-13
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Lucio Rodolfo Tomasella, en relación a una decisión del Juzgado Superior que había declarado sin lugar la apelación en un caso de restitución internacional de menores. La Sala consideró que la decisión recurrida no vulneró normas de orden público que transgredirían el Estado de Derecho, por lo que se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho. Delata la violación del artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 8, 10 y 11 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y 11 de la Ley de Derecho Internacional Privado, por cuanto su decir, la recurrida ampara una actuación ilegitima de la progenitora al no ordenar la Restitución Internacional de la niña de marras. En este orden de ideas y después de ejecutar un examen exhaustivo sobre los argumentos expuestos por la parte recurrente, la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, considera esta Sala que la decisión recurrida no vulneró normas de orden público que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, en consecuencia, es innecesario desplegar la actividad jurisprudencial de la Sala para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada. Tal declaratoria resulta cónsona con la potestad revisora conferida a esta Sala, la cual se ejerce de forma discrecional y excepcional de conformidad con lo establecido en el citado artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, ciudadano LUCIO RODOLFO TOMASELLA contra la sentencia de fecha 9 de octubre de 2018.

Palabras clave

admisibilidadrecursoorden públicoprotección infantiljurisprudenciaestado de derecho

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