Sentencia N° 470 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de junio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0470, Exp. 17-173, 05/06/2017
Expediente17-173
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2017-06-05
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de control de legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Inversiones Menguantes 56 LC, C.A. contra una sentencia del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo. La Sala determinó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público, por lo que declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En el caso bajo examen, la representación judicial de la parte oferente denunció que la sentencia impugnada quebrantó el numeral 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 1.713 del Código Civil. En ese sentido, manifestó que los citados artículos “(…) permiten celebrar y presentar transacciones ante el funcionario competente, bien sea ante el Juez, Jueza, Inspector o Inspectora del Trabajo, sin que necesariamente exista un litigio en curso, pues como bien señala el artículo 1.713 del Código Civil, aplicable analógicamente por la disposición del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las transacciones no solo son celebradas para terminar un litigio pendiente, sino que también pueden ser celebradas para precaver uno eventual”. (Destacados del original). Adicionalmente, adujo que “(…) si bien los derechos de los trabajadores por mandato constitucional son de naturaleza 'indisponible' e 'irrenunciables', también por mandato expreso de la Constitución, resulta válida la disposición de dichos derechos a través de 'transacción', 'al término de la relación laboral, de conformidad con los requisitos que establece la ley'. En el presente caso estos requisitos legales (y reglamentarios), han sido satisfechos, y pueden ser verificados por esta honorable Sala. Específicamente, resulta del texto de la transacción in comento, que la misma se realizó luego de terminada la relación laboral, se describe los hechos que motivaron dicha transacción y se determinan los derechos (conceptos legales) en ella comprendidos. Igualmente se aprecia, la significativa circunstancia de que el trabajador obró debidamente asistido de abogado, con lo cual (…) se evidencia la efectiva y 'material' protección del derecho a la defensa del trabajador”. (Sic). Ahora bien, de los argumentos expuestos por la parte recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas regidas por el orden público. En consecuencia, visto que el alcance del control de la legalidad interpuesto no se ajusta a los fines del recurso, debe obligatoriamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad de comercio INVERSIONES MENGUANTES 56 LC, C.A., contra la sentencia de fecha 20 de enero de 2017, emanada del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
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