Sentencia N° 470 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de julio de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0470, Exp. 15-406, 09/07/2015
Expediente15-406
PonenteMarjorie Calderón Guerrero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2015-07-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por LAVADOS Y ACABADOS TEXTILES, C.A. contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo que declaró sin lugar la apelación de la parte demandada. La Sala revisó los alegatos del recurrente, quien argumentó que la sentencia recurrida vulneró normas de orden público al no valorar adecuadamente pruebas documentales y por inmotivación en la decisión. Sin embargo, la Sala concluyó que no hubo violación de las normas denunciadas y declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. Esta Sala de Casación Social en decisión N° 692 de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte codemandada contra la sentencia de fecha 4 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisionpotestad revisoraderecho laboralsentenciajurisdiccióntrabajo