Sentencia N° 469 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0469, Exp. 05-187, 10/05/2005
Expediente05-187
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIERREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2005-05-10
DecisiónADMISIBLE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad de un recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La decisión del ad-quem había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte actora, revocando un fallo anterior que había declarado el desistimiento del proceso. La Sala consideró que el recurso no fue interpuesto maliciosamente y que existían motivos racionales para su presentación.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el Control de Legalidad como la vía recursiva para acudir a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en contra de aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en Casación que violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala a fin de restablecer el orden jurídico infringido, estando limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder los tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. Asimismo, es oportuno dejar asentado, que tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida en el precitado artículo 178, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el Recurso de Control de la Legalidad intentado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2005, dictada por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente decisión, comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos a los fines que la parte actora pueda consignar los argumentos que a su juicio contradigan los alegatos del recurrente en un escrito que no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

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