Sentencia N° 466 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de abril de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0466, Exp. 13-1502, 23/04/2014
Expediente13-1502
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIERREZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-04-23
DecisiónPerecido

Resumen

La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil AMILCAR´S REPRESENTACIONES, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Tercero Agrario del Estado Lara, que había declarado sin lugar la demanda. El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara perecido el recurso debido a la falta de formalización dentro del lapso legal establecido. Se condena en costas a la parte recurrente y se ordena el remitir el expediente al tribunal de origen.

Extracto de la motiva

Conforme a la providencia emanada del Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 10 de octubre de 2013, es en ese día cuando la precitada instancia señala que admite el recurso de casación anunciado; entonces, a partir de ese día comenzó a transcurrir el lapso de 20 días continuos y consecutivos previstos legalmente para la formalización del extraordinario recurso de casación, de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, más el término de la distancia correspondiente. En el caso de autos, no se recibió la formalización del recurso anunciado, por tanto, se incurre en inobservancia de lo señalado en el artículo 239 de la precitada Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Por consiguiente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, se declarará perecido el recurso, sin entrar a decidirlo, porque la formalización no ha sido presentada ante esta Sala. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por el abogado Jean Carlos Lovera Pérez, actuando en su carácter de autos, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 25 de septiembre de 2013. Conforme al artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

recurso de casaciónprocedimiento civilley de tierrascostasjurisdicción agraria

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca