Sentencia N° 460 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de mayo de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0460, Exp. 10-263, 19/05/2010
Expediente10-263
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2010-05-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la regulación de competencia en un juicio por indemnización de daños y perjuicios derivado de un accidente de trabajo. La parte demandada apeló la decisión del Juzgado Décimo Noveno que declinó su competencia, lo que llevó a la Sala a analizar la situación de los demandantes, quienes no estaban domiciliados en el Estado Miranda, y a considerar el derecho de acceso a la justicia y el debido proceso.
Extracto de la motiva
En el caso concreto el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, reguló la competencia, decisión ésta que es atributiva de competencia, por lo que, en principio, ya no puede ser cuestionada. Sin embargo, en el caso consta en autos que los niños demandantes no están domiciliados en el Estado Miranda, razón por la cual, esta Sala, por vía de excepción, y para salvaguardar el derecho de acceso a la justicia y el debido proceso, en conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decidirá el conflicto de competencia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente causa a la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Palabras clave
competenciaderecho de accesodebido procesoniñosadolescentesjusticiaterritorio