Sentencia N° 457 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de julio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0457, Exp. 14-798, 08/07/2015
Expediente14-798
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-07-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, reconociendo la existencia de una relación concubinaria entre Olivia Molina Molina y Atanacio Rivas Contreras, que se inició en enero de 2006 y concluyó con el fallecimiento de este último en septiembre de 2012. La Sala determina que la relación cumplió con los requisitos establecidos por la ley para ser considerada como tal, a pesar de las objeciones presentadas por los herederos del De Cujus sobre la estabilidad de la unión debido a la existencia de otros vínculos.

Extracto de la motiva

El artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, consagra las acciones mero declarativas o acciones de mera certeza, las cuales consisten en la activación de la función jurisdiccional del estado en la búsqueda de un pronunciamiento de ley, que permita despejar la duda o incertidumbre acerca de si se está en presencia o no de una relación jurídica determinada o de un derecho. La sentencia dictada por el órgano jurisdiccional, con ocasión a la interposición de una demanda de esta naturaleza se circunscribirá al reconocimiento por parte de dicho órgano, de la existencia o inexistencia de un vínculo jurídico o derecho; lográndose en consecuencia, la protección a la posible lesión que pueda sufrir un derecho o vínculo jurídico, en virtud del desconocimiento o duda de su existencia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandante contra la decisión de fecha 30 de abril de 2014, emanada del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido y, TERCERO: Se declara CON LUGAR la acción mero declarativa de concubinato intentada por la ciudadana Olivia Molina Molina.

Palabras clave

concubinatorecurso de casaciónunión establederechos civiles

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