Sentencia N° 456 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de abril de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0456, Exp. 09-260, 02/04/2009
Expediente09-260
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-04-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte actora tras la negativa de un recurso de casación. En su decisión, la Sala declaró con lugar el recurso de hecho y ordenó la notificación para la sustanciación del recurso de casación. Posteriormente, se presentó un documento transaccional que fue homologado por el Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, lo que llevó a la Sala a ordenar el archivo del expediente.
Extracto de la motiva
En virtud de la manifestación expresada por la representación judicial de la parte demandada en la actuación arriba mencionada y; luego de verificado la facultad con la que actúa el abogado diligenciante en el presente proceso, tal como se desprende del poder otorgado por la ciudadana Marbella Granados Alfonso, y que se encuentra en copia fotostática anexa al legajo consignado junto al escrito del 12 de marzo de 2009, inserto como anexo “A”, asimismo se aprecia copia certificada del auto que homologa dicho acuerdo emanado de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Barlovento, fechado el 12 de noviembre de 2008, en Guatire, marcado como anexo “B”, y agregados todos a la pieza única, esta Sala de Casación Social ordenará al Juzgado de Primera Instancia que resulte competente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, continúe los trámites correspondientes para el archivo del expediente.
Dispositiva
ORDENA a la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guatire, continúe los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente. Publíquese, regístrese y remítase este expediente a la Sala de Juicio del Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, arriba mencionado, a los fines correspondientes. Notifíquese al Tribunal de origen, es decir, Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques.
Palabras clave
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