Sentencia N° 455 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de mayo de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0455, Exp. 10-225, 03/05/2011
Expediente10-225
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-05-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte actora en un juicio por indemnización por accidente de trabajo. La decisión del Juzgado Superior del Trabajo había revocado una sentencia anterior y ordenado la reposición de la causa, lo que fue considerado como una decisión interlocutoria que no pone fin al juicio. La Sala determinó que el recurso de casación no era admisible, ya que no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
Tal y como se ha señalado en innumerables fallos de este Máximo Tribunal, corresponde a esta Sala, pronunciarse, en definitiva, sobre la admisibilidad del recurso de casación, no obstante lo que al respecto hubiere resuelto el Tribunal Superior. Así las cosas, en el caso objeto de estudio, la sentencia impugnada a través del recurso de casación, anuló la decisión del Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que declaró parcialmente con lugar la demanda, basada en la admisión de los hechos por parte de la accionada en virtud de su incomparecencia a la audiencia preliminar, ordenando así, la reposición de la causa al estado en el que el A quo fije nuevamente dicho acto. No obstante lo anterior, ha dicho esta Sala que una vez declarada la admisión de los hechos, la parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, podrá apelar de dicha decisión, y en este mismo sentido, el fallo que resuelva la apelación propuesta, es susceptible de ser impugnado mediante el recurso extraordinario de casación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en San Juan de Los Morros. No hay condenatorias en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
recurso de casacióndecisión interlocutoriagravamenaudiencia preliminarley adjetiva laboral