Sentencia N° 454 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de mayo de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0454, Exp. 08-1902, 19/05/2010
Expediente08-1902
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-05-19
DecisiónDesistido

Resumen

En el juicio de indemnización derivada de accidente de trabajo, el ciudadano Carlos Eduardo Narváez, representado por varios abogados, interpuso un recurso de casación contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto que declaró sin lugar su apelación. La Sala de Casación Social del TSJ admitió el recurso, pero al no comparecer la parte actora a la audiencia pública fijada, se aplicó la sanción del desistimiento del recurso de casación, conforme al artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La Sala, al observar la incomparecencia de la parte demandante, decidió declarar desistido el recurso de casación interpuesto y ordenó al Juzgado de Primera Instancia que continúe con los trámites procesales correspondientes. La decisión fue firmada por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz y otros magistrados presentes en la Sala.

Extracto de la motiva

El artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte, establece lo siguiente: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Al aplicar al caso de autos la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, visto que la parte demandante recurrente no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, declarará en el dispositivo de este fallo desistido el recurso de casación propuesto y remitirá el expediente al Juzgado de la primera instancia competente para que continúe con los trámites legales correspondientes. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, con sede en Puerto Cabello, de fecha 17 de octubre de 2008; y ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la misma Circunscripción Judicial, que resulte competente, continúe con los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

indemnizaciónaccidente de trabajorecurso de casacióndesistimiento

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca