Sentencia N° 454 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de abril de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0454, Exp. 08-355, 15/04/2008
Expediente08-355
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-04-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 15 de abril de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala fundamentó su decisión en la falta de violación del orden público y en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad del recurso. Se destacó que el recurso es de naturaleza excepcional y debe cumplir con criterios específicos para ser admitido.
Extracto de la motiva
Ahora bien, por razón de que el recurso de control de legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, es oportuno señalar, que tratándose como antes se expresó de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de la jurisprudencia reiterada de la Sala.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia emitida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 10 de enero de 2008. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
cobro de prestacionescontrol de legalidadorden públicojurisprudenciaadmisibilidadrecurso extraordinarioLey Orgánica Procesal del Trabajo