Sentencia N° 454 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 454, Exp. 03-404, 10/07/2003
Expediente03-404
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2003-07-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de julio de 2003, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala argumenta que es responsabilidad del recurrente especificar los motivos de procedencia del recurso, indicando la violación de normas de orden público o quebrantamiento de la doctrina jurisprudencial. En este caso, la parte actora no cumplió con esta carga, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

Ahora bien, una vez cumplidos los requisitos de admisibilidad previstos en la Ley Adjetiva Laboral, dada la naturaleza extraordinaria del recurso, corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 eiusdem, la admisibilidad del mismo, especialmente para aquellas circunstancias donde se hallan violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y derecho a la defensa. Debe la Sala dejar sentado que es carga del recurrente especificar los motivos de procedencia del recurso de control de la legalidad propuesto; esto es, indicar la violación o amenaza de violación, de la concreta norma de orden público o el quebrantamiento de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala, señalando la parte pertinente de la sentencia en la cual se evidencie tal infracción y explicar las razones particulares por las cuales considera el recurrente debe prosperar, todo ello en la oportunidad prevista en la ley que no es otra que en el momento de presentación del escrito de impugnación. Así se establece.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad, propuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 27 de marzo de 2003, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la Causa, o sea, al Juzgado Quinto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen ya identificado.

Palabras clave

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