Sentencia N° 452 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de septiembre de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 452, Exp. 24-327, 26/09/2024
Expediente24-327
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2024-09-26
DecisiónConcluida la sustanciación del recurso de casación

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil CAFETERÍA Y TOSTADURÍA KALDI, C.A. y co-demandados, contra la decisión del Juzgado Superior Octavo del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala concluyó que la fase de sustanciación del recurso de casación había sido completada y que el caso entraba en estado de fijación de audiencia.

Extracto de la motiva

Determinado lo anterior, en el caso sub examine se desprende del iter procedimental, lo siguiente: Mediante auto de fecha 6 de junio de 2024, el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitió el recurso de casación anunciado el 4 de junio de 2024, por la parte demandada; enfatizando que el último día para efectuar el anuncio, correspondió con el 5 de junio de 2024, razón por la que se considera que lo ejerció dentro de la oportunidad legal correspondiente. Recibido el expediente, se ordenó practicar por la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en cuyo auto la Secretaria de la Sala, hace constar que el inicio del lapso para formalizar el recurso de casación, comenzó a transcurrir según se desprende del auto de admisión, el día jueves 6 de junio de 2024, -día siguiente al último de los cinco (5) días que se dan para efectuar el anuncio respectivo-, y venció el día martes 25 de junio de 2024. Ello así, se observa de la referida certificación que la parte tuvo oportunidad para presentar el escrito de formalización hasta el día martes 25 de junio de 2024, denotándose que las co-demandadas recurrentes -sociedad mercantil CAFETERÍA y TOSTADURÍA KALDI, C.A. y los ciudadanos Sarkis Youssef Boutros y Gianmarco José Mastrogiuseppe Serva-, presentaron sendo escritos de formalización el 25 de junio de 2024, razón por la cual se considera que consignaron dentro de la oportunidad procesal correspondiente. Asimismo, el lapso para que la contraparte contestare o impugnare mediante escrito contentivo de los argumentos que, a su juicio, contradigan los alegatos del formalizante feneció el día lunes 15 de julio de 2024, verificándose a los autos que la parte demandada cumplió con los plazos establecidos por la ley, lo que permite concluir que el recurso de casación fue interpuesto de manera válida y oportuna, conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable.

Dispositiva

CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado.

Palabras clave

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