Sentencia N° 452 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 452, Exp. 03-393, 10/07/2003
Expediente03-393
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2003-07-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de julio de 2003, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoátegui. La Sala argumenta que la solicitud no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente en relación con los plazos para interponer el recurso. A pesar de los alegatos de la parte recurrente sobre violaciones a normas de orden público, la Sala concluye que no se han constatado tales infracciones.

Extracto de la motiva

La presente solicitud del Control de la Legalidad, no cumple con los requisitos de admisibilidad expresamente señalados por la nueva ley, en este sentido, se desprende de autos que la sentencia recurrida fue dictada en fecha 18 de marzo de 2003, siendo interpuesta la presente solicitud en fecha 4 de marzo de 2003 (correctius) 4 de abril de 2003, contraviniendo así lo taxativamente expuesto por la misma, cuando señala que “...la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo, solicitar el control de la legalidad del asunto...” (Subrayado de la Sala). Sin embargo, vistos como han sido los alegatos de la parte recurrente, quien alega violación de normas con carácter de orden público que menoscaban el derecho a la defensa, esta Sala, luego del pertinente análisis, determina que tales infracciones no han sido constatadas, por lo que de ninguna manera llena los extremos de Ley requeridos, en consecuencia, se declara inadmisible este especialísimo recurso de Control de la Legalidad. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad propuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 18 de marzo de 2003, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de la causa, o sea, al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial antes mencionada. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen.

Palabras clave

control de legalidaddespidoadmisibilidadderecho a la defensajurisprudenciarecursotrabajo

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