Sentencia N° 448 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de junio de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0448, Exp. 18-109, 01/06/2018
Expediente18-109
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-06-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Avon Cosmetics de Venezuela, C.A. contra un fallo del Tribunal Segundo Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de Zoraida Josefina Maita Llovera. La Sala anuló el fallo recurrido, declarando con lugar la defensa de falta de cualidad pasiva de la demandada, y desestimó la tercería interpuesta por Inversiones Vertiente Norte, C.A. La decisión se fundamentó en la falta de prueba de la relación laboral entre la actora y la demandada, así como en la improcedencia de la tercería.
Extracto de la motiva
De la reproducción efectuada, se colige que el fallo recurrido previa valoración de los medios de pruebas promovidos por la representación judicial de la demandada recurrente estableció que no quedó demostrado el carácter justificado de su incomparecencia a la prolongación de la audiencia de juicio. Acto seguido, el juez de superior pasó a pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por la demandada sobre lo decidido por el juzgado de primera instancia respecto al fondo del asunto. En tal sentido, indicó: Declarado sin lugar el alegato de incomparecencia realizado por la parte demandada, entra el tribunal a resolver los puntos de apelación de fondo ejercido por esta, en lo que respecta a la declaratoria de la confesión ficta declarada por el tribunal de la causa, al respecto el referido tribunal en su sentencia señalo lo siguiente: “…En fecha 22 de Marzo de 2017, por Acta de Prolongación de Audiencia de Juicio se dejó constancia de la incomparecencia de la entidad de trabajo demandada principal AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., de autos, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, y conforme al artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara la CONFESION (sic) de la entidad de trabajo AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., en el presente asunto, con relación a los hechos planteados por la parte demandante, en cuanto sean procedentes en derecho y no se desvirtúen con alguna prueba del proceso. (…) (Omissis) De lo antes transcrito, no le asiste la razón al apelante, por cuanto de la simple lectura que se realiza de la sentencia es evidente que, el tribunal a quo si bien es cierto, acatando la jurisprudencia de la Sala de Casación Social y vista la incomparecencia de la demandada a la prolongación de la audiencia de juicio, procedió a declarar la confesión de esta, no lo es menos que es una confesión de carácter relativo, pues entro (sic) a analizar y valorar las pruebas promovidas y evacuadas por los intervinientes en la oportunidad correspondiente, por lo que se desecha dicho alegato recursivo. Y así se decide.- (Destacado de la Sala). (Omissis) Del pasaje del fallo transcrito, aprecia la Sala que la alzada, determinó que ante la incomparecencia de la parte demandada a la prolongación de la audiencia de juicio, de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, “queda confesa con relación a los hechos planteados por la parte demandante, en cuanto sean procedentes en derecho y no se desvirtúen con alguna prueba del proceso”.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandada, sociedad mercantil AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., contra el fallo proferido por el Tribunal Segundo Superior del Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en sentencia de fecha 11 de enero de 2018; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; TERCERO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad opuesta por la parte demandada; CUARTO: IMPROCEDENTE LA TERCERÍA interpuesta contra la sociedad mercantil INVERSIONES VERTIENTE NORTE, C.A.; QUINTO: SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA MAITA LLOVERA.
Palabras clave
cobro de prestaciones laboralescasaciónfalta de cualidad