Sentencia N° 445 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0445, Exp. 12-363, 17/05/2012
Expediente12-363
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-05-17
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un procedimiento por jubilación y cobro de otros conceptos laborales. La decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte actora, lo que motivó la apelación de la parte demandada. Sin embargo, se constató que la formalización del recurso de casación no fue presentada dentro del lapso establecido, lo que llevó a la Sala a declarar el recurso como perecido.

Extracto de la motiva

El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente al vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha veintitrés (23) de febrero de 2012, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el dieciocho (18) de marzo de 2012, incluyendo el término de la distancia, por ser domingo, y no se laboró, en la certificación de cómputo se dejó constancia que el próximo día de despacho fue el diecinueve (19) de marzo de 2012. En este sentido, se desprende de las actas que conforman el expediente, que el escrito de formalización del recurso anunciado por la representación judicial de la parte demandada no fue presentado, en consecuencia, esta Sala declara perecido el recurso de casación interpuesto.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 25 de enero de 2011. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial ut supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo ello de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

recursocasacióntrabajojubilaciónprocedimientoleyjusticia

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