Sentencia N° 442 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 442, Exp. 23-147, 14/08/2024
Expediente23-147
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaCivil
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-08-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre tribunales en un caso de partición y liquidación de bienes de una comunidad conyugal. La demanda fue interpuesta por Marta Sulbarán Zambrano contra Juan Ernesto Rodríguez Mapo, y tras varias instancias, se declaró la incompetencia de los tribunales de protección de niños, niñas y adolescentes, argumentando que el interés general y la seguridad agroalimentaria debían prevalecer. Sin embargo, la Sala reafirmó que el tribunal que conoció el caso en primera instancia debía continuar con la ejecución de la sentencia, dado que esta ya era firme y se encontraba en fase de ejecución.

Extracto de la motiva

(…) Conforme a las anteriores disposiciones normativas y criterios jurisprudenciales, se deduce, que la competencia material de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en los asuntos de naturaleza contenciosa, así como en los patrimoniales, se determina por el interés subjetivo de los niños, niñas y adolescentes involucrados directamente en el conflicto, en tal sentido, se observa, como la Sala Plena desde el año 2001 y la Constitucional, mantuvieron su criterio dejando sentado que en los diversos asuntos contenciosos particularmente de contenido patrimonial, siempre que figuren niños, niñas y adolescentes, independientemente de su posición dentro del proceso, el conocimiento de la causa debe ser competencia de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. (Vid, Sentencia de la Sala Plena N 65 de fecha 25/07/2012, publicada en fecha 27/11/2012, Expediente 110 L/2011-000392 Caso: Roberta José Zambrano Pacheco, con Ponencia del Magistrado Luis Antonio Ortiz Hernández) Sin embargo, recientemente se han observado decisiones derivadas de las diversas Salas del Máximo Tribunal de la República que han modificado el criterio que se venía aplicando en favor del fuero atrayente especial de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en atención al interés superior del niño como consideración primordial; para favorecer esta vez, el interés colectivo nacional que redunda en la salvaguarda del desarrollo sustentable, la seguridad agroalimentaria de la Nación y la protección de la biodiversidad y del medio ambiente, en virtud del principio de exclusividad agraria y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2, 26, 49, 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1, 2, 3, 9, 10, 12 y 13 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, otorgando preeminencia al tipo de interés tutelado, por cuanto los principios que rigen a la misma enaltecen intereses generales por encima de los derechos individuales de los sujetos intervinientes en situaciones jurídicas concretas (…)

Dispositiva

PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. SEGUNDO: Es COMPETENTE para ejecutar el juicio de “partición y liquidación de la comunidad conyugal o concubinaria” incoado por la ciudadana Marta Sulbarán Zambrano contra el ciudadano Juan Ernesto Rodríguez Mapo, en la fase en que se encuentra, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. TERCERO: Se ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado antes indicado.

Palabras clave

particiónliquidaciónbienescomunidad conyugalconflicto de competencia

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