Sentencia N° 442 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de marzo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0442, Exp. 06-004, 10/03/2006
Expediente06-004
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-03-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la admisibilidad de este tipo de recursos. La Sala revisó las alegaciones de la parte recurrente, que incluían la existencia de cosa juzgada y la infracción de diversas normas procesales, pero concluyó que no se constató lo alegado.
Extracto de la motiva
Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar alega la parte demandada recurrente, que la recurrida infringió los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como el artículo 49 numeral 7° de la Constitución, al decidir una controversia que ya había sido decidida, es decir, que existía cosa juzgada, todo lo cual luego de una revisión minuciosa a las actas del expediente, no fue constatado por esta Sala de Casación Social. Por otra parte, alega la infracción por la recurrida de los artículos 61 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y de los artículos 1.952, 1.969 y 1972 del Código Civil, y los artículos 12, 216 y 361 del Código de Procedimiento Civil por falsa aplicación, al no haber declarado con lugar la defensa de fondo opuesta relativa a la prescripción de la acción, así como de la reiterada jurisprudencia emanada de esta Sala de Casación Social, específicamente las contenidas en sentencias N° 376 de fecha 9 de agosto del año 2000; N° 529 del 14 de diciembre del año 2000, N° 138 del 19 de mayo del año 2000 y las Nros. 003 y 004 de fecha 3 de febrero del año 2005, lo cual tampoco fue constatado por esta Sala de Casación Social.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 1° de diciembre del año 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros.
Palabras clave
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