Sentencia N° 441 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de julio de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0441, Exp. 13-589, 02/07/2015
Expediente13-589
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaFamilia
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-07-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 2 de julio de 2015, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la demandada, confirmando la decisión del Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La sentencia cuestionada había declarado la disolución del vínculo matrimonial entre las partes, basándose en la causal de excesos, sevicia e injurias graves que hacen imposible la vida en común, conforme al artículo 185 del Código Civil.
La Sala analizó las alegaciones de la recurrente sobre vicios de incongruencia positiva e inmotivación, concluyendo que la decisión impugnada no incurrió en tales vicios, ya que la Jueza Superior fundamentó su decisión en pruebas y elementos de convicción que demostraron la falta de interés de la demandada en rescatar el valor del núcleo familiar. Asimismo, se desestimaron las denuncias de indeterminación objetiva, ya que la sentencia confirmada contenía los elementos necesarios para la ejecución del fallo.
Finalmente, se condenó en costas a la demandada, reafirmando la necesidad de garantizar la tutela judicial efectiva y el interés superior de los niños involucrados en el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala ha sostenido que la inmotivación es el vicio que provoca la omisión de uno de los requisitos esenciales de la sentencia, que impone el artículo 243 ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por mandato del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, cuando ordena que todo fallo debe contener los motivos de hecho y de derecho de la decisión. De igual forma ha establecido esta Sala, conforme a su doctrina pacífica y reiterada, que la inmotivación consiste en la falta absoluta de fundamentos; que los motivos exiguos o escasos, o la motivación errada no configura el vicio de falta de motivación. En concordancia con lo anterior, esta Sala en sentencia número 634 de fecha 8 de agosto de 2013 (caso: Aurelio Méndez Pérez contra la Alcaldía del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas), acogió el criterio sentado por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal en sentencia número 681 de 26 de octubre de 2012, que estableció lo siguiente: El vicio de inmotivación ocurre cuando la sentencia carece en absoluto de motivos que fundamenten su decisión, por lo que no hay que confundir la escasez o exigüidad con la falta absoluta. En este sentido, la doctrina de la Sala viene considerando varias modalidades en que producirse el vicio de inmotivación, a saber: 1) La sentencia no contiene materialmente razonamientos de hecho o de derecho en que pueda sustentarse el dispositivo; 2) Las razones expresadas por el sentenciador no tienen relación con la pretensión deducida o con las excepciones o defensas opuestas; 3) Los motivos se destruyen los unos a otros por contradicciones graves e inconciliables, y; 4) Los motivos son tan vagos, inocuos, ilógicos o absurdos que impiden a Casación conocer el criterio jurídico que siguió el juez para dictar su decisión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la demandada, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Tercero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, el 25 de marzo de 2013. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas del recurso a la accionada de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación supletoria del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Palabras clave
divorciocasaciónprotección de niñosincongruenciainmotivación