Sentencia N° 439 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0439, Exp. 08-499, 10/04/2008
Expediente08-499
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2008-03-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de interpretación del artículo 173 de la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat interpuesto por la sociedad mercantil Lemont Estibas, C.A. La Sala estableció que la competencia para conocer del recurso corresponde a esta Sala, de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Sin embargo, se declaró inadmisible el recurso debido a que la solicitud no se alineaba con la naturaleza del recurso de interpretación, que busca aclarar el alcance de una norma y no resolver un conflicto de intereses específico.
Extracto de la motiva
La Sala considera que cualquiera con interés jurídico actual puede solicitar la interpretación de la ley conforme a las previsiones legales, y también la interpretación de la Constitución, para así obtener una sentencia de mera certeza sobre el alcance y contenido de las normas constitucionales. En virtud de lo anterior, se observa que cuando la accionante pretende un pronunciamiento que no tiende a la obtención de una aclaratoria sobre el significado y alcance de la norma cuya 'interpretación' se pide, sino que pretenden un pronunciamiento sobre cómo ha de resolverse una cierta situación que les afecta en conflicto con un ente jurídico -específicamente, la notificación verbal por parte del funcionario del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) de que el cálculo y pago por concepto de ahorro habitacional obligatorio, debe proyectarse sobre la base íntegra de los sueldos y salarios percibidos por todo su personal, sin que medie distinción en la naturaleza jurídica de los cargos-, acude al recurso de interpretación para recibir una tutela jurisdiccional que no se corresponde con la naturaleza de la acción incoada, buscando la satisfacción de intereses distintos de aquellos que la misma está ordenada a proteger, por lo que, la solicitud de interpretación debe ser declarada inadmisible.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de interpretación del artículo 173 de la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat interpuesto por la sociedad mercantil Lemont Estibas, C.A. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.